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| Profesionales al Servicio de las Familias |
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Los requisitos para formar parte de la postulación a cualquier programa del MINVU están determinados por la propia normativa de cada uno de ellos. |
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En el caso del programa FSV los requisitos principales son: |
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Podrá postular más de un núcleo familiar perteneciente a un mismo hogar, con la misma ficha CAS o instrumento que la reemplace. |
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Por cada núcleo familiar sólo se aceptará la postulación de uno de sus integrantes, el que deberá identificarse como jefe de familia, su cónyuge o su conviviente. |
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Los postulantes deberán formar parte de un grupo organizado, con personalidad jurídica, excepto aquellos que postulen a proyectos de adquisición de vivienda construida, para los cuales no se exigirá este requisito.
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El grupo deberá estar integrado a lo menos por 10 familias, con un máximo de 300.
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Cada familia del grupo deberá tener Ficha CAS o el instrumento que la reemplace, al momento en que el SERVIU emita el Certificado de Proyecto Ingresado en el Banco.
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Cada postulante deberá acreditar el monto de ahorro declarado en el formulario de ingreso del proyecto al Banco, el cual no podrá ser inferior a 10 Unidades de Fomento (10,5 si el proyecto contempla la postulación a un Fondo de Iniciativas). |
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En el caso del programa PPPF los requisitos principales son: |
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Ser propietario o asignatario de la vivienda que integra el proyecto, salvo en la postulación al Título I para Proyectos de Mejoramiento de Espacios Públicos o de Mejoramiento de Inmuebles Destinados a Equipamiento Comunitario. |
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Tratándose de postulaciones a los Títulos II o III, el puntaje de la Ficha CAS o de la Ficha de Protección Social, deberá ser igual o inferior al puntaje de corte o de vulnerabilidad que se fije por resoluciones del Ministro de Vivienda y Urbanismo. |
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Tratándose de postulaciones al Título II Mejoramiento de la Vivienda, con excepción de postulaciones al Título III Ampliación de la Vivienda, ni el postulante ni su cónyuge podrán ser propietarios de otra vivienda, salvo que por resolución fundada del SERVIU se autorice la postulación siempre que la vivienda que integra el proyecto corresponda a la que habitan. |
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Que la vivienda que integra el proyecto corresponda a una Vivienda Objeto del Programa. |
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Contar con el ahorro mínimo exigido, de acuerdo al Título a que se postule. |
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Tratándose de postulación colectiva, estar constituido como grupo organizado. |
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Los postulantes al subsidio regulado por el Título I, si el proyecto estuviere emplazado en terrenos municipales, deberán contar con un comodato o un compromiso de constituir un comodato a favor del grupo postulante por un plazo de al menos diez años. |
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Los postulantes al subsidio regulado por el Título I de este reglamento, si el Proyecto de Mejoramiento del Entorno y del Equipamiento Comunitario estuviere emplazado en bienes nacionales de uso público, deberán contar con la autorización para intervenirlos otorgada por la Municipalidad respectiva. |
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TIPOS DE ASESORIA |
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La asesoría técnica, social y legal que entrega la Fundación se define en las siguientes actividades a lo largo del proceso de postulación, obtención y aplicación del subsidio habitacional: |
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Organización de la Demanda y Plan de Habilitación Social. Asesoría en la organización de la demanda, la obtención de la personalidad jurídica del grupo, el apoyo para la obtención de todos los antecedentes y documentos exigidos para postular y la elaboración del proyecto de habilitación social. |
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Elaboración de Proyectos Técnicos. Elaboración y aprobación de los diseños de los proyectos de arquitectura y estructura de la vivienda, del loteo según corresponda y de las obras de urbanización requeridas. |
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Plan de Habilitación Social Post Selección del Proyecto. El desarrollo de las actividades contenidas en el proyecto de habilitación social presentado y aprobado en el Banco de Proyectos del Serviu respectivo. |
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Gestión Legal y Administrativa del Proyecto. La asesoría a la adquisición del terreno cuando se requiera, la obtención de los permisos de edificación y de servicios, la contratación de las obras de construcción, la recepción municipal de las obras y las inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces respectivas. |
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